Modelo 303 fuera de plazo: plazos, recargos y sanciones
Calendario fiscal trimestral para autónomos y SL, cuánto cuesta presentar tarde el 303, 111 o 130 y qué hacer si no puedes pagar a tiempo. Con ejemplos.
Tu gestor te manda el importe del IVA la noche del 19. No tienes ese dinero en la cuenta, o simplemente no te da tiempo a revisarlo. La pregunta es concreta: si se te pasa el día 20, ¿cuánto te va a costar?
¿Cuáles son los plazos de los impuestos trimestrales?
Los modelos trimestrales se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y en enero hasta el 20 o el 30 según el modelo. El 303, el 130, el 131 y el 349 del cuarto trimestre tienen hasta el 30 de enero, junto con el resumen anual 390. El 111 y el 115 del cuarto trimestre siguen con el día 20.
| Modelo | Qué es | Plazo |
|---|---|---|
| 303 | IVA trimestral | 1 al 20 de abril, julio y octubre; 4T del 1 al 30 de enero |
| 111 | Retenciones a trabajadores y profesionales | 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero |
| 115 | Retenciones del alquiler de local | 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero |
| 130 / 131 | Pago fraccionado del IRPF del autónomo | 1 al 20 de abril, julio y octubre; 4T hasta el 30 de enero |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (trimestral) | 1 al 20 de abril, julio y octubre; 4T hasta el 30 de enero |
| 202 | Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades | 1 al 20 de abril, octubre y diciembre |
| 390 | Resumen anual de IVA | 1 al 30 de enero |
| 190 / 180 | Resúmenes anuales de retenciones (111 y 115) | Hasta el 31 de enero |
| 347 | Declaración anual de operaciones con terceros | Mes de febrero |
| 200 | Impuesto sobre Sociedades anual | 25 días naturales tras los seis meses siguientes al cierre; 1 al 25 de julio si tu ejercicio es el año natural |
Si facturas a clientes de otros países de la UE, el 349 es obligatorio aunque el 303 te salga a cero. Lo explicamos en facturar a clientes de la UE.
¿Qué pasa si el último día cae en fin de semana o festivo?
El plazo pasa al siguiente día hábil. Para la AEAT son inhábiles los sábados, los domingos y los festivos nacionales. En 2026 lo has visto varias veces: el 190 y el 180 se presentaron hasta el 2 de febrero, el 347 hasta el 2 de marzo, el modelo 200 hasta el 27 de julio y el 202 de diciembre vence el 21.
Para el cuarto trimestre de 2026 conviene mirar el calendario: el 30 de enero de 2027 es sábado. Aplicando la regla, el 303 y el 390 pasarían al lunes 1 de febrero de 2027. Confírmalo en el calendario del contribuyente de 2027 cuando la AEAT lo publique.
¿Hasta cuándo puedo domiciliar el pago?
Si quieres que Hacienda cargue el importe en tu cuenta, el plazo acaba antes: hasta el día 15 en abril, julio y octubre. En enero de 2026 el 111 y el 115 se podían domiciliar hasta el 15 y el 303, el 130 y el 131 hasta el 27. Si el plazo de presentación se amplía por un día inhábil, el de domiciliación se amplía los mismos días.
Pasado el día de domiciliación todavía puedes presentar y pagar hasta el 20 con un NRC de tu banco, tarjeta o Bizum.
¿Cuánto cuesta presentar el 303 fuera de plazo?
Si presentas tarde por tu cuenta, antes de que Hacienda te diga nada, pagas un recargo del artículo 27 de la Ley General Tributaria: un 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso. A partir de 12 meses el recargo es del 15 % y además se cobran intereses de demora desde el día siguiente a esos 12 meses. Este recargo excluye la sanción y los intereses de los primeros 12 meses.
El recargo se reduce un 25 % si pagas la deuda al presentar (o la aplazas con aval o seguro de caución) y pagas el recargo en el plazo que te indique la liquidación que te notifica Hacienda.
Ejemplo con una autoliquidación de 1.000 € a ingresar:
| Retraso | Recargo | Importe | Con reducción del 25 % |
|---|---|---|---|
| Menos de un mes | 1 % | 10 € | 7,50 € |
| 1 mes completo | 2 % | 20 € | 15 € |
| 3 meses completos | 4 % | 40 € | 30 € |
| 6 meses completos | 7 % | 70 € | 52,50 € |
| 11 meses completos | 12 % | 120 € | 90 € |
| Más de 12 meses | 15 % + intereses | 150 € + intereses | 112,50 € + intereses |
El interés de demora para 2026 es del 4,0625 % anual, el mismo de 2023 a 2025, porque no se han aprobado nuevos Presupuestos Generales del Estado. Sobre 1.000 € son unos 3,39 € por mes. Si se aprueban Presupuestos para 2026, el tipo puede cambiar.
¿Qué diferencia hay entre recargo y sanción?
La diferencia está en quién llega primero. Si presentas antes de recibir cualquier requerimiento de Hacienda, pagas solo el recargo. Si Hacienda te lo reclama antes, ya no hay recargo: hay una sanción.
La infracción es leve cuando la cantidad no ingresada no pasa de 3.000 €, o si la pasa pero no hay ocultación. Puede ser grave (50 % a 100 %) o muy grave (100 % a 150 %). Las reducciones del artículo 188 bajan la multa un 30 % si das tu conformidad y otro 40 % si la pagas en plazo y no recurres: 500 € pasan a 350 € y luego a 210 €. Sigue siendo mucho más que el recargo.
Cuando la declaración no tiene importe a pagar, como un 303 a cero o a compensar, se aplica el artículo 198: multa fija de 200 €, que baja a 100 € si la presentas tarde sin requerimiento previo.
Los requerimientos llegan como notificación electrónica, así que revisarlas a tiempo importa. Mira cómo funciona la DEHú y las notificaciones de Hacienda.
¿Y si presento a tiempo pero no puedo pagar?
Presenta igualmente dentro de plazo. Tienes dos caminos y cuestan distinto.
- Presentar con reconocimiento de deuda y pedir aplazamiento. El 303 permite presentar con reconocimiento de deuda; al terminar, la sede te da un enlace para tramitar la deuda (aplazar, compensar o pagar). Una solicitud de aplazamiento hecha en periodo voluntario impide que empiece el periodo ejecutivo, aunque se siguen devengando intereses de demora. Hasta 50.000 € no se exige garantía.
- Presentar sin pagar y sin pedir nada. Al día siguiente del fin del plazo empieza el periodo ejecutivo. Si pagas antes de que te notifiquen la providencia de apremio, el recargo es del 5 %. Después, del 10 % si pagas en el plazo que te da la providencia, y del 20 % más intereses si no.
Ojo con lo que no se puede aplazar: las retenciones del 111 y del 115, y los pagos fraccionados del 202. El IVA solo se puede aplazar si justificas que tus clientes no te han pagado las facturas.
Un dato práctico: presentar un 303 con unos días de retraso y pagarlo al momento cuesta un 1 % (0,75 % con reducción). Presentarlo a tiempo y no pagar ni pedir aplazamiento cuesta como mínimo un 5 %.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el 303 si no he tenido actividad?
Sí. Si estás dado de alta en IVA y en el trimestre no has devengado ni soportado cuotas, presentas el 303 marcando la casilla "sin actividad". Si hubo operaciones pero el resultado es exactamente cero, la declaración es de "resultado cero". Solo no presenta el 303 quien hace únicamente operaciones exentas.
¿Qué pasa si presento un 303 a cero fuera de plazo?
No hay recargo, porque no hay nada que ingresar. Pero no presentar en plazo una declaración sin perjuicio económico es infracción del artículo 198 LGT: multa de 200 €, que se queda en 100 € si la presentas tú antes de que Hacienda te la pida.
¿Cuándo termina el plazo del 303 del tercer trimestre de 2026?
El martes 20 de octubre de 2026. Si quieres domiciliar el pago, el plazo terminó el 15 de octubre; desde entonces puedes presentar y pagar con NRC, tarjeta o Bizum hasta el día 20.
¿Cuánto es el interés de demora en 2026?
El 4,0625 % anual. Es el tipo fijado en los Presupuestos de 2023, que siguen prorrogados. Se calcula por días: importe × 4,0625 % × días / 365. Si se aprueban nuevos Presupuestos, el tipo puede cambiar.
¿Puedo aplazar el modelo 111 o el 115?
En general no. Las retenciones que practicas a trabajadores, profesionales o al arrendador no son aplazables según el artículo 65 LGT, y la solicitud se inadmite. Tampoco se aplazan los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202).
¿Se reduce el recargo si pago tarde?
Sí, un 25 %, si ingresas la deuda al presentar la autoliquidación tardía y pagas el recargo en plazo cuando Hacienda te lo notifique. También si tienes un aplazamiento con aval o seguro de caución y cumples los plazos.
Cómo ayuda Fiscalm
La mayoría de los retrasos no vienen de la fecha, sino de que los documentos llegan tarde y el importe se conoce la víspera. Fiscalm recoge las facturas de Gmail y los extractos de Santander y Wise, las reconoce con IA y las revisa con más de 20 reglas (NIF validado con la AEAT, IVA intracomunitario en VIES, campos obligatorios, cálculo del IVA, inversión del sujeto pasivo, duplicados). Cruza cada movimiento del banco con su factura y te dice qué falta, para que el trimestre llegue cerrado a tu gestoría.
También muestra un calendario fiscal con importes (303, 111, 115, 130, 349, 202…), un borrador del 303 casilla a casilla, los libros registro de IVA en formato AEAT, resúmenes de 347 y 349 y un paquete trimestral para el gestor, con avisos antes de cada plazo por email y Telegram, y pronto en la app de Fiscalm. No presenta declaraciones: eso lo sigues haciendo tú o tu gestoría. La beta privada empieza en noviembre de 2026, con 20 plazas de fundador gratuitas durante la beta.
Fuentes
- BOELey 58/2003, General Tributaria, texto consolidado (BOE): arts. 26, 27, 28, 62, 65, 161, 188, 191 y 198
- AEATAEAT: plazos de presentación con domiciliación bancaria, calendario 2026
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 20 de octubre
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 30 de enero
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 2 de febrero
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 2 de marzo
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 27 de julio
- AEATAEAT: calendario 2026, hasta el 21 de diciembre
- AEATAEAT: instrucciones del modelo 303 para 2026
- AEATAEAT: ayuda técnica del modelo 303 (reconocimiento de deuda)
- AEATAEAT: aplazamiento y fraccionamiento de deudas
- AEATAEAT: interés legal y de demora para 2026 (Manual Renta 2025)
- HaciendaMinisterio de Hacienda: Presupuestos Generales del Estado prorrogados para 2026
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